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LA "CASA NIDO"

13/03/2020 · Derecho de Familia

La custodia compartida es una realidad cada día más patente en nuestra sociedad. Una nueva forma de organización de las familias tras las rupturas que desde aquella sentencia del Tribunal Supremo del año 2013 que de forma expresa dejó “negro sobre blanco” su carácter preferente, ha venido seguida de cientos y cientos de resoluciones de primera y segunda instancia que acuerdan la estancia alternativa de los hijos con cada progenitor.

La custodia compartida tiene una relación directa con otros pronunciamientos derivados de una ruptura familiar, tales como la pensión de alimentos (que no necesariamente tiene que desaparecer porque ambos progenitores ostenten la custodia compartida de sus hijos) o por ejemplo el uso de la vivienda familiar, es decir el que fue domicilio de la familia antes de la ruptura. A este segundo pronunciamiento es al que quiero referirme en este artículo por cuanto que son muchas las ocasiones en las que los clientes muestran su preocupación respecto de “quien se va a quedar en la casa” e igualmente muchas las veces en las que transmiten su angustia cuando la parte contraria le plantea la fórmula de la llamada “casa nido”, es decir que los niños continúen viviendo en el domicilio familiar y sean los padres quienes roten alternativamente conforme a la forma de custodia compartida que se hubiera establecido, (semanal, quincenal…).

Aunque nuestra profesión no se caracteriza precisamente por la seguridad del fallo en las resoluciones, y menos aun el ámbito del derecho de familia  en el que cada procedimiento judicial está abierto a posibles sorpresas derivadas de consideraciones subjetivas, la “casa nido” es uno de los pocos pronunciamientos en los que yo me atrevo a mostrar tranquilidad frente a mis clientes, ya que son abundantes las resoluciones que desestiman esta petición. Sin embargo dado que hay padres o madres que continúan solicitando la adopción de esta medida y letrados que lo incluyen en sus demandas siguen dictándose resoluciones que resuelven sobre este pronunciamiento y ese el caso de la sentencia de fecha 16 de enero de 2020, Sala de lo civil del Tribunal Supremo, Recurso de Apelación 826/2019, nº de resolución 15/2020 que rechaza la petición del padre a que se comparta la casa nido, por los siguientes motivos:

– no existe acuerdo.

– tener tres viviendas no es compatible con la capacidad económica de los padres.

– un buen mantenimiento de la vivienda familiar (como exige el artículo 96  del Código Civil) genera conflictividad.

Y es que efectivamente como indica el Tribunal el mantenimiento de la “casa nido” exige que cada progenitor tenga otro domicilio en el que permanecer cuando no le corresponde estar con sus hijos, lo cual multiplica los gastos de cada uno de ellos y merma su capacidad económica que obviamente, redunda de forma negativa en los hijos.

También coincido plenamente con el criterio de la resolución sobre que la “casa nido” aumenta la conflictividad entre los progenitores por la forma en que cada uno pueda dejar la casa cuando le corresponde entrar al otro, es decir por la diferencia en el cuidado de la vivienda y cumplimiento de las obligaciones del hogar de cada uno frente al otro en el tiempo que está en el domicilio pudiendo darse la circunstancia (ya comprobada en muchas ocasiones) de que uno haga de su tiempo en el inmueble “una estancia de hotel” y el otro se encuentre con una casa sucia,  lavadoras de la ropa de los hijos sin poner, ropa sin planchar, etc. que convierta a este progenitor en una especie de “empleado del hogar” del otro.

Mi criterio personal en las rupturas de las familias es el de intentar reducir las fuentes de conflicto entre los progenitores,  minimizar las posibles incidencias y crear un escenario que favorezca su relación lo cual sin ningún género de dudas redunda en una mayor estabilidad en el entorno en el que crecen los hijos comunes que a su vez enriquece su equilibrio y facilita un óptimo desarrollo de su personalidad, razón suficientemente trascendente como para mostrarme rotundamente en contra de las “casas nido”.

Buen fin de semana lectores.

 

https://blogs.elcorreogallego.es/letrada/2020/03/13/la-casa-nido/

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